Para ver si se pueden repartir dividendos no sólo se tiene que ver el resultado, en este caso pérdidas, sino la situación patrimonial de la sociedad.
La Ley de Sociedades de Capital indica los requisitos de obligado cumplimiento, además de todos aquellos impuestos estatutariamente, para el reparto de dividendos. Si una vez cumplidos siguiese existiendo beneficio distribuible serán los administradores los que propondrán a la Junta su modo de reparto:
- El patrimonio neto no debe ser inferior al capital social, tanto antes del reparto, como a consecuencia de dicho reparto de dividendos. Si esta circunstancia se produjera, no se podrán distribuir dividendos con cargo a las reservas disponibles.
- Si el valor del patrimonio neto de la sociedad fuera inferior a la cifra del capital social como consecuencia de la existencia de pérdidas de ejercicios anteriores, tampoco se podrían repartir dividendos pues la eliminación de las reservas voluntarias contribuiría, aun más, al desequilibrio patrimonial.
- Igualmente, se prohíbe la distribución directa o indirecta de los beneficios imputados directamente en el patrimonio neto.
Existen otros requisitos relativos a gastos de I+D, fondo de comercio, reserva legal, reducción de capital o emisión de obligaciones cuyo cumplimiento será necesario comprobar.
En definitiva, si no existen otras disposiciones en los estatutos de la sociedad, la totalidad o parte de las reservas voluntarias estaría disponible para su reparto vía dividendos a los socios mientras se cumpla el equilibrio citado entre el capital social y el conjunto del patrimonio neto.
El procedimiento para la distribución del resultado pasa por incluir el reparto de dividendos con cargo a reservas voluntarias dentro de la propuesta de distribución del resultado a aprobar en la Junta General ordinaria. En dicho acuerdo de distribución de dividendos queda establecido el momento y la forma del pago, que dependerá de la liquidez o disponibilidad de efectivo de la empresa, como elemento inherente al pago del dividendo.
Un saludo,
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