(22/04/2020) Publicación en el BOE del Real Decreto-ley 15/2020, de 21 de abril, de medidas urgentes complementarias para apoyar la economía y el empleo. (BOE nº 112 de 22 de abril de 2020)
En cuanto a las medidas que afectan a los autónomos y Pymes, podemos destacar los siguientes apartados:
CAPÍTULO I: Medidas para reducir los costes de pymes y autónomos: Arrendamientos para uso distinto del de vivienda.
CAPÍTULO III: Medidas fiscales:
- Artículo 8. Tipo impositivo aplicable del Impuesto sobre el Valor Añadido a las entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de bienes necesarios para combatir los efectos del COVID-19.
- Artículo 9. Opción extraordinaria por la modalidad de pagos fraccionados prevista en el artículo 40.3 de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades.
- Artículo 10. Limitación de los efectos temporales de la renuncia tácita al método de estimación objetiva en el ejercicio 2020.
- Artículo 11. Cálculo de los pagos fraccionados en el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de la cuota trimestral del régimen simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido como consecuencia del estado de alarma declarado en el período impositivo 2020.
- Artículo 12. No inicio del período ejecutivo para determinadas deudas tributarias en el caso de concesión de financiación a la que se refiere el artículo 29 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19.
Disposición final segunda. Modificación de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido: Modificación del artículo 91. “Tipos impositivos reducidos” del IVA