Se modifica el sistema de revisiones de cualquier valor monetario de contratos con el sector público, así como de rentas de arrendamientos rústicos y urbanos, contraprestaciones de arrendamientos de servicios, suministros y rentas vitalicias o valores monetarios en cualquier otro contrato celebrado entre particulares. No se aplica a la negociación salarial colectiva, a las revisiones, revalorizaciones o actualizaciones previstas en el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, ni a los instrumentos financieros.
(31/03/2015) Ley 2/2015, de 30 de marzo, de desindexación de la economía española. (BOE núm. 77, de 31 de marzo de 2015)