En seis meses entrará en vigor el DUE que permitirá el cese de actividad de los empresarios individuales o autónomos, así como el cese y extinción de actividad de SL mediante la aprobación Real Decreto 867/2015, de 2 de octubre, por el que se regulan las especificaciones y condiciones para el empleo del Documento Único Electrónico para el cese de actividad y extinción de las sociedades de responsabilidad limitada y el cese de actividad de las empresas individuales.
(16/10/2015) Real Decreto 867/2015, de 2 de octubre, por el que se regulan las especificaciones y condiciones para el empleo del Documento Único Electrónico para el cese de actividad y extinción de las sociedades de responsabilidad limitada y el cese de actividad de las empresas individuales. (BOE 248, de 16 de octubre de 2015)